Un juez federal de Junín declaró inconstitucional el cobro de las retenciones al campo

El magistrado Héctor Plou declaró inconstitucional a las alícuotas de los derechos de exportación en vigencia y fijadas por el decreto 851/2021. El fallo es en respuesta a una presentación de productores rurales de la ciudad vecina patrocinados por Alejandro Barbieri, expresidente de la Sociedad Rural juninense, y Luis Panetta.

Los fundamentos de este fallo de primera instancia es que como el Congreso no sancionó el presupuesto para este año, no se prorrogó tampoco la vigencia de la Ley de Emergencia Económica que le daba la facultad al Poder Ejecutivo de fijar las alícuotas.

El texto de Plou señala que el argumento del Poder Ejecutivo frente a esta circunstancia “–omitiendo explicar por qué solicitó una extensión temporal de la delegación- se limitó a decir que el decreto cuestionado fue dictado mientras estaba vigente la delegación, esto es, antes del 31 de diciembre de 2021. Esto es cierto, pero omite la cuestión central: pretende regir después de vencida esa facultad”.

Barbieri explicó que, a su criterio, lo “más importante” del fallo es que reconoce a los productores como “damnificados directamente perjudicados” por las retenciones. “Los que se benefician de esta sentencia de primera instancia son los mismos productores agropecuarios ya que fueron reconocidos como legitimados para realizar el reclamo, expresó el ruralista, quien agregó: «Salimos de la protesta y vamos por otras alternativas más allá de que hoy las retenciones son el ‘mal menor’ frente a lo que considero el ‘robo del siglo’ que es la brecha cambiaria”.

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