El área de Bromatología sigue estando en el tapete

Con la firma del concejal del Pro Luis Speranza fue presentado por secretaria del Concejo Deliberante un exhaustivo pedido de informes con relación al trabajo que realiza esta dependencia municipal.
«Es fundamental que sepamos todos los chacabuquenses si efectivamente se llevaban a cabo las inspecciones a todo aquel comercio o industria que comercialice o fabrique sustancias alimenticias. Creemos que no basta con una renuncia , a la salud publica es fundamental cuidarla todos los dias y de manera rigurosa y tenemos la sospecha de que no se ha hecho un trabajo a la altura de la responsabilidad que se merece, por lo tanto solicitamos informacion para evaluar luego el accionar de este area.» Manifestó Luis Speranza.
Texto del proyecto:
VISTO:
La importancia de los controles bromatológicos en el cuidado de la salud publica, y
CONSIDERANDO:
Los últimos episodios de triquinosis y el conocido caso del aparente sifón adulterado que provocara la renuncia de la funcionaria a cargo del área de Bromatología Municipal.
La periodicidad con que deben hacerse dichos controles a cargo de personal idóneo y especializado en la materia, ya que es sabido y lo hemos sufrido, el deficiente accionar en la materia puede ocasionar daños irreparables en la salud humana.
POR ELLO: El Bloque PRO Peronismo, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica Municipal, sanciona el presente:
MINUTA DE COMUNICACIÓN
Artículo Nº 1: Solicitamos al Dto. Ejecutivo a través del área que corresponda se informe a este HCD la periodicidad con la que efectúan controles bromatológicos de sustancias alimenticias en supermercados, autoservicios, casas de comidas para llevar, despensas, roticerías, restaurantes, carnicerías y verdulerías, venta de chacinados, panaderías, pescaderías, heladerías, pizzerías, confiterías, fabricas de pasta, granjas, sandwicheria y todo aquel local de ventas de alimentos en el partido de Chacabuco
Articulo Nº 2: Se informe a este HCD la periodicidad de las inspecciones del mismo tenor a la del Art. 1 en soderías, venta de agua envasada, fábricas de hielo, y distribuidoras de bebidas gaseosas y alcohólicas, con el correspondiente protocolo de análisis físico-químico del agua con que se elabora dicho producto.
Articulo Nº 3: Se informe también sobre las inspecciones realizadas en parrillas , lugares de comida rápida y carritos ubicados en la banquinas o en la denominada banda de ruta de la ruta nacional N º7 y cuales de estos comercios poseen la correspondiente habilitación municipal.
Articulo Nº 4: Se remita a este HCD copias de las actas de este tenor ,solicitadas en los artículos precedentes, realizadas por la Dirección de Bromatología desde el 1 de enero del 2013 hasta la fecha, donde conste nombre del establecimiento inspeccionado, tarea realizada y firma del profesional o funcionario habilitado para tal efecto
Articulo Nº 5: Se informe la nomina del personal afectado, y titulo habilitante, quien lo posea, para realizar dichas inspecciones.